¿Se puede pagar un entierro a plazos?

Financiación funeraria 2026: ¿se puede pagar el entierro a plazos? Opciones, ventajas y obligaciones legales

Respuesta directa: Sí, los entierros se pueden pagar a plazos en España mediante planes de financiación funeraria (2-10 años), préstamos externos o seguros de decesos. Los familiares están obligados legalmente (art. 1894 Código Civil), pero la opción más popular es el seguro de decesos, contratado por más del 50% de españoles.

¿Hay opciones de financiación funeraria en España?

Sí, tres opciones principales:

  • Planes de financiación funeraria: Ofrecidos por funerarias, similares a seguros de decesos. Cuotas mensuales en vida (2-10 años), desde 20-50€/mes según servicios.
  • Financiación externa: Préstamos personales para familias sin liquidez inmediata. Intereses variables (5-15%), plazo breve por ley estatal (30 días).
  • Seguros de decesos: Más contratados (55% hogares españoles). Cuota mensual baja (15-40€), cubre todo y evita pagos imprevistos.

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Ventajas de pagar un entierro a plazos

Financiar el funeral (coste medio 4.200€ en 2026) protege la economía familiar, permite personalización y genera tranquilidad. Más del 50% opta por esta vía para evitar desequilibrios financieros.
  • Alivio económico: Evita desembolso único que puede descuadrar presupuestos familiares.
  • Planificación personalizada: Elige ceremonia, ataúd y servicios con antelación.
  • Tranquilidad: Reduce estrés en momento crítico; todo gestionado por expertos.

Pagar el entierro es una obligación para los familiares

Artículo 1894 Código Civil: «Gastos funerarios proporcionados deben ser satisfechos por quienes habrían tenido obligación de alimentarle» (cónyuge, hijos, padres por orden). Negativa implica delito y sanciones.

Si no hay liquidez, alegar insolvencia probada. Sin seguro de decesos, opciones a plazos son clave. El equipo especializado en seguros de vida de PolizaMedica recomienda pólizas para evitar cargas inesperadas.

Preguntas Frecuentes sobre Financiación Funeraria

30 días máximo por ley estatal; funerarias suelen ofrecer 15-60 días o financiación inmediata.

3.500-6.000€ según ciudad y servicios (ataúd, tanatorio, traslados). Financiación desde 30€/mes.

Estado asume si insolvencia probada; pero familiares directos responden primero.

Sí, cuotas bajas (18€/mes media), cubre todo y evita préstamos con intereses.